El 17 de mayo de 2023, el presidente de la República, Guillermo Lasso emitió decidió disolver La Asamblea Nacional y convocar a elecciones anticipadas, utilizando la llamada “muerte cruzada”. Desde dicha fecha el presidente gobierna sin Asamblea Nacional.
Constitucionalmente, se permite que en este periodo al mandatario emitir decretos-leyes, que deben cumplir con dos parámetros: tener el carácter de urgente y estar relacionados con temas económicos.
Para la Corte Constitucional, tres de los cuatro documentos enviados por el Ejecutivo no han cumplido con estos requisitos.
El Pleno de la Corte Constitucional, en sesión extraordinaria realizada el viernes 28 de julio de 2023, conoció y resolvió las causas 3-23-UE y 4-23-UE, relativas a dos decretos-ley de urgencia económica emitidos por el presidente Guillermo Lasso Mendoza.
La Corte Constitucional, respecto del proyecto de decreto-ley denominado “Decreto Ley de Apoyo Financiero a Favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas”, con ocho votos a favor y un voto salvado de la jueza constitucional Carmen Corral Ponce, emitió dictamen no favorable. Al considerar que no cumple con los criterios de urgencia ya establecidos por la jurisprudencia de la Corte y que, por lo tanto, es incompatible con el artículo 148 de la Constitución. Así, verificó que no aborda circunstancias apremiantes, pues se trata de un problema estructural que data de hace más de una década y que nunca fue considerado apremiante por la Función Ejecutiva.
Respecto el proyecto de decreto-ley denominado “Decreto Ley de Reestructuración Empresarial”, por unanimidad y con los votos concurrente de la jueza constitucional Carmen Corral Ponce y el juez constitucional Richard Ortiz Ortiz, se emitió dictamen no favorable. En primer lugar, porque el proyecto es incompatible con el artículo 148 de la Constitución por no ser de urgencia económica. La Corte identificó que, de las tres circunstancias alegadas por el presidente para justificar la emisión de medidas urgentes, únicamente la relativa al fenómeno de El Niño puede considerarse apremiante. No obstante, evidenció que las medidas propuestas en el proyecto de decreto-ley no guardan una relación de conexidad plausible con, y limitada a, las circunstancias derivadas de este fenómeno, y además no surtirían efectos inmediatos, por lo que su adopción podría esperar hasta la instalación de la nueva conformación de la Asamblea Nacional.
Ahora, el Ministro de Gobierno, Henry Cucalón, ha señalado que se enviarán 2 nuevos decretos. Uno, con el fin de acelerar la contratación pública y la ejecución de obras, como el mantenimiento de infraestructuras ante la muy posible llegada del fenómeno de El Niño y otro para la venta de tierras del Estado para obtener recursos.